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Algunos cambios en la Renta 2019

Algunos cambios en la Renta 2019

Las asesorías en Sevilla están informando sobre los distintos cambios que se han dado en la Declaración de la Renta.

Quién tiene que declarar

Se modifica la obligación elevando el umbral inferior. El límite excluyente se fija en 14.000 euros en los supuestos de:

  • Provenga de más de un pagador, con excepticones.
  • Casos de pensiones compensatorias del cónyuge o anulidades por alimentos no exentas.
  • El pagador de las rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
  • Se perciba rendimiento íntegro del trabajo sujeto a un tipo fijo de retención.

Plazo del borrador

Desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de 2020.

Borrador 

Todos los contribuyentes, cualquiera que sea la naturaleza de las rentas percibidas pueden realizar un borrador de la declaración. Para ello tendrán que aportar información que les será solicitada en su efecto. Se mantiene el mecanismo para acceder al borrador a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

Especialistas como Gesincor Asesores ayudan a realizar este tipo de procesos gracias a los cuales podrás realizar tu Declaración de la Renta sin ningún tipo de esfuerzo.

Presentación de Declaraciones de IRPF 2019

A través del Servicio de tramitación del borrador puede confeccionar su declaración con la Renta Web. También dará lugar a su presentación a través de los medios electrónicos.

Pago

En las declaraciones que haya que ingresar y no se opte por domicialización bancaria como medio de pago, el contribuyente puede conseguir el Número de Referencia Completo (NRC) de la entidad colaboradora en sus oficinas o bien a través de la banca electrónica.

En el caos de la domicialización del pago, los contribuyentes tendrán hasta el 22 de septiembre de 2019. En el caso de que deban ingresarlo, tendrán hasta el 5 de noviembre de 2020.
Todo esto teniendo en cuenta que gracias a la ayuda de asesorías en Sevilla todo el proceso puede ser mucho más ágil.
Asesorías en sevilla

Consultores para la introducción de bienes en España

La entrada a la Península e Islas Baleares de cualquier bien corporal procedente de terceros países que no sean comunitarios se considera importación. Esto también sucede en las Islas Canarias, Ceuta y Melilla. Desde Gesincor Asesores te ayudarán con la gestión de tus enseres, dando el mejor servicio de asesorías en Sevilla.

La liquidación del IVA tendrá lugar en la aduana, de forma simultánea según los derechos arancelarios. Pero debido a la alta complejidad de dicha operación, este proceso se realiza a través de un agente de aduanas o transitario, encargado de la gestión de la introducción de dicho bien en nuestro país.

La diferencia reside en que este tipo de compra generará tres documentos: la factura del proveedor extranjero, la del agente de aduanas y la del Documento Único Administrativo.

Factura del proveedor

La factura del proveedor viene retratada en la moneda originaria y no tiene IVA. La cantidad monetaria pagada se considera precio de adquisición de la mercancía.

Factura del agente de aduanas

En ésta se reflejan varios conceptos. Entre ellos el servicio prestado, el IVA correspondiente y los impuestos que han sido pagados en la Aduana (aquí incluye el IVA de importación y los derechos arancelarios). Gracias a esta figura, la introducción de bienes provenientes de otros lugares no comunitarios no será ningún problema. Confiar en uno de los mejores servicios de Asesorías en Sevilla favorece a tus negocios.

El Documento Único Administrativo (DUA)

Este formulario es obligatorio  para poder pagar los impuestos correspondientes en cuanto a las importaciones y exportaciones de bienes entre la Comunidad Europea y otros territorios que no se encuentran dentro de ella. La variación de cifras hace que este tipo de documentos tengan un registro contable de las importaciones algo confuso.

Disponer de unos buenos profesionales a la hora de realizar este tipo de gestiones será algo básico. Es por ello que Gesincor Asesores se encarga de cualquier tipo de servicio de consultoría laboral, fiscal y contable. Contacte con ellos y deje de pensar en la introducción de bienes de importación como un problema.